Vicentín, con límites al nuevo titular
En el vertiginoso tablero del agro argentino, donde los contratos se firman con la fuerza de un apretón de manos y se validan en el estruendo de las terminales portuarias, el cierre del año 2025 trajo consigo un giro de guion digno de un thriller jurídico. No ocurrió en los campos, sino en los despachos de la Cámara Arbitral de la Bolsa de Cereales, y el mensaje fue contundente: en el mundo de los negocios, cambiar de sillón no permite romper las reglas del juego.
Un freno judicial devolvió la calma al Gran Rosario justo antes de las campanadas de la medianoche del cambio de año.
La historia comienza con un cambio de mando. Con el desembarco del nuevo directorio de Vicentin, con Mariano Grassi y su abogado Leandro Salvatierra, el aire en las oficinas de la agroexportadora cambió. La nueva gestión llegó con la intención de marcar territorio y, en un movimiento audaz, anunció su decisión de rescindir unilateralmente los contratos de fazón —un esquema donde una empresa procesa el grano de otra— que mantenían con dos gigantes del sector: Molinos Agro y LDC (Louis Dreyfus Company).
El argumento de la nueva conducción era simple y arriesgado: sostenían que dichos acuerdos aún no habían entrado en vigencia. Sin embargo, para Molinos y LDC, esta movida no era solo una diferencia de interpretación técnica; era una amenaza directa a su logística, sus compromisos internacionales y su flujo operativo.
Ante la inminencia de la ruptura, el conflicto escaló rápidamente. El 29 de diciembre, la Cámara Arbitral de la Bolsa de Cereales tuvo que intervenir de urgencia. Su fallo fue un balde de agua fría para las ambiciones del nuevo directorio.
La Cámara no solo ordenó a Vicentin mantener y ejecutar los contratos tal como estaban firmados, sino que le prohibió explícitamente alterarlos o rescindirlos. El tribunal consideró que no se cumplían las condiciones para una rescisión anticipada y, lo más importante, que los contratos ya estaban en plena vigencia.
Para los árbitros, el derecho fue claro: “El cambio de autoridades o de estrategia empresaria no habilita, por sí solo, a desconocer contratos válidos“. En otras palabras: los compromisos de una empresa trascienden a las personas que ocupan los cargos.
El análisis de la Cámara Arbitral desnudó los riesgos de una decisión caprichosa. Si se permitía que Vicentin cortara el servicio de molienda y almacenaje de girasol, se desencadenaría un efecto dominó de perjuicios: Costos logísticos exorbitantes para retirar mercadería ya entregada. Incumplimientos en cadena frente a terceros que ya esperaban ese aceite o harina. Daños económicos imposibles de cuantificar en el corto plazo.
La medida cautelar fue el escudo que protegió el statu quo operativo de las plantas de San Lorenzo y Ricardone, evitando que una disputa de cúpula paralizara la producción.
Un día después del fallo arbitral, el 30 de diciembre, la pelota pasó al campo del Juez concursal, Fabián Lorenzini. En un movimiento de pulcritud jurídica –cómo no-, el magistrado agregó la resolución al expediente del concurso, pero se negó a intervenir directamente.
Siguiendo la doctrina de la Corte Suprema, Lorenzini aclaró que este conflicto era de índole “societario y contractual extra-concursal”. Al mantenerse al margen, el juez validó implícitamente la autoridad de la Cámara Arbitral para resolver estos pleitos específicos, reforzando la seguridad jurídica del sistema.
La resolución de la Cámara Arbitral dejó una señal potente que resuena en todo el cordón agroexportador. El fallo reafirmó que el “fazón” no es solo un papel, sino un instrumento jurídico exigible incluso en medio de las crisis más profundas.
Al terminar el año, la cadena agroindustrial suspiró con alivio. La nueva conducción deberá comenzar su camino respetando lo pactado. Para los analistas, este episodio es un recordatorio de que, en el complejo ecosistema del Gran Rosario, la previsibilidad es el activo más valioso. Aquellos que miran expectantes el horizonte del 2026 ya saben que, por encima de las nuevas estrategias de mando, la ley del contrato sigue siendo la brújula que guía al puerto.
