Productora gana juicio por el mal estado de los caminos

Un fallo de la Cámara de San Martín, en segunda instancia, de la tambera Andrea Passerini contra el municipio de Carlos Casares por el cobro de las tasas vial y de Seguridad e Higiene dictaminó que el cobro del tributo es ilegal, a falta de servicio.

Un fallo de la Cámara de San Martín, en segunda instancia, de la tambera Andrea Passerini contra el municipio de Carlos Casares por el cobro de las tasas vial y de Seguridad e Higiene dictaminó que el cobro del tributo es ilegal, a falta de servicio.

Siete años peleándola por justicia a falta de contraprestación de los servicios. La resolución sienta un valioso precedente, del que se esperan nuevas demandas. “El municipio no pudo documentar y demostrar que prestaba el servicio de mantenimiento de caminos”, indicó la mujer que, también es dirigente gremial en Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap).

En el fallo de Primera Instancia, el juez en lo Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, Pablo Germain, señaló el municipio de Carlos Casares no prestó los servicios correspondientes a la tasa, tanto en conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal como en seguridad e higiene, durante los años 2016, 2017 y 2018, por lo que “deviene ilegítima e inconstitucional la pretensión fiscal y/o pago del tributo por los períodos mencionados”. Con la apelación de ambos fallos de parte del municipio, la Cámara de Apelaciones de San Martín rechazó los recursos. Y finalmente, el municipio decidió no recurrir por vía extraordinaria a la Corte provincial, por lo que el fallo quedó firme.

El pleito comenzó tras las inundaciones de los años 2012 y 2013, donde, por la falta de respuestas del municipio para reparar los caminos rurales, con un grupo de productores juntaron dinero y ellos mismos contrataron una empresa que mejore un único camino para al menos poder entrar y salir de los campos. Se trata de un trayecto de 42 kilómetros que va desde Ordoqui hasta la ruta 226. “Era para poder sacar la leche, que la gente que trabajaba en el campo y tenía alguna emergencia pudiera salir. Porque si no la única forma era en tractor o a caballo”, recordó.

A pesar de la falta de prestación del servicio, en el año 2014 el municipio intimó a Passerini con una carta documento a abonar las tasas impagas de los años anteriores. “Fue ahí cuando dije basta. Esto no puede pasar más”.

Se vio obligada a pagar las tasas vencidas y las vigentes bajo protesto y a derecho. Comenzó a buscar antecedentes y pruebas para entablar la demanda consistente. Aun así, el distrito comenzó a cobrar además una tasa de Higiene y Seguridad. Algo totalmente impracticable en el ámbito rural

Acompañada por el abogado, Alejandro Iturbe, presentó la demanda y reclamó la devolución de lo pagado por tasas de los años 2016, 2017 y 2018, y “por no brindar la correspondiente contraprestación”. Más atrás no se puede, legalmente. Con la sentencia firme, ya le tienen que devolver todo lo abonado en esos periodos y ahora irá por el resto de los años abonados.

Contó que, para sorpresa, dentro de la misma tasa -tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente- se aclara que un 25 % del total abonado irá a un fondo de salud, a cultura del deporte o a obra pública.

No sé cuánto me van a devolver, pero esto reafirma que no todo da lo mismo. Hay cosas que todavía funcionan y hay que moverse para lograrlo. Todos estamos ocupados y, a veces nos rendimos porque nos cansamos”.

Más allá del caso particular, es un problema endémico en todo el país y sirve como precedente concreto a que los productores se animen y luchen por sus derechos. “Esto dispara algo superior. Como ciudadana, le gané a un sistema de recaudación perverso y tramposo. Es todo un logro para el tambo que hace casi 60 años fundó mi padre, que hoy tiene 85, y que está muy orgulloso hasta donde llegué con esto”.