El Concurso de Vicentín revisa los votos
La deuda concursal de Vicentín tiene a Grassi S.A. y al consorcio Molinos Agro junto a Louis Dreyfus Co. con una propuesta de pago. Para que el juez la valide debe verificar mayorías en los votos –las cápitas- y que el monto –el capital- alcanzado sea según la Ley de Concursos y Quiebras, donde la mayoría de los acreedores debe reconocer en favor de alguno de ellos. Asimismo, pesa otro detalle: quién fue el primero en hacerlo. Todos aquellos votos que ingresaron luego de la hora que declararon ante el juzgado no computan en la carrera por quedarse con la Compañía.
El papel de la Sindicatura, una suerte de “árbitro” es hacer un recuento de votos preciso y poner los detalles en duda, con la respectiva argumentación. Ese documento es un informe donde los síndicos le dicen al juez lo que encontró. De tal manera que agrupó de la siguiente forma.
Contó los ajustes de última hora, para el año 2025: Se ha corregido la lista de acreedores, añadiendo a dos que se habían omitido: Viglianco y Rinesi, este último porque ya cumplió una condición pendiente para que su deuda fuera oficial.
El mercado de deudas o acreencias tuvo cambios de dueños, entre los años 2022 a 2025: Es la parte más complicada, también conocida como cesiones de crédito. Esto se da cuando el dueño original de ese cobro se lo vende a otra persona para no tener que esperar más tiempo a cobrar.
En otro grupo grande están los grandes bancos y fondos de inversión, que intervinieron entre los años 2022 y 2024. Son jugadores de la talla ABN AMRO, Banco Bradesco, e incluso el fondo Megainvert que vendieron sus créditos a otros. Lo más notable, que tuvo resonancia mediática, es que en diciembre de 2024, un grupo de bancos -como FMO, IFC, ING Bank N.V. y otros siete- vendieron la totalidad o gran parte de sus enormes acreencias a una sola entidad llamada Avir South S.A.R.L.. Aquí se cuestiona la legitimidad de contabilizarlo debido a que fueron comprados por Grassi, una de las partes en pugna, tratándose de un “autovoto”.
En otro ítem están las compras masivas recientes, de este año 2025: Ya en octubre pasado, justo antes de que expiren los plazos y durante el proceso que aquí se discute, se advirtieron movimientos clave: ocho empresas vendieron sus deudas a Agri Liquid Solutions Argentina S.A., y otras dos a un particular, Gerardo Marcelo Rico.
El proceso tiene regla de votación. La Sindicatura aclaró una regla fundamental: si alguien compró cinco deudas, o tenía una propia y compró otras diez, solo cuenta como un solo acreedor a la hora de contar los votos numéricos. Esto afecta a los principales compradores: Agri Liquids Solutions, Bank of America, Avir South, y Gerardo Marcelo Rico.
También, se da cuenta de votos inválidos. Se rechazaron algunas conformidades que no cumplían con la forma, como un voto que tenía la firma electrónica inválida, otro que carecía de firma por completo, y el de una Cooperativa que subió un simple texto de pedido de verificación en lugar de la adhesión formal.
Ya corre la impugnación de votos ante el juzgado, en la competencia que tienen LDC Argentina S.A. y Molinos Agro S.A. con Grassi SA para quedarse con la compañía. Grassi, al momento del anuncio, dijo tener el 84,99% del Capital y el 66,80% de los votos. LDC y Molinos Agro presentaron una queja formal ante el juez.
El tándem asegura que, cuando Grassi presentó su escrito clave a las 13:14 horas del 31 de octubre de 2025, no contaba con el capital suficiente. Afirmó tener $ 70.5 mil M., pero la contraparte dice que, en ese momento exacto, solo tenía $ 65.2 mil M. Con lo cual no arribaría primero con las mayorías requeridas. La sindicatura pide precisión horaria al respecto. Para ese día, el arbitraje pone en línea el voto de ACA, una Cooperativa acreedora, constatado a las 16:26:40 horas, es decir tardío, y que por lo tanto no contabilizaría.
Entre los votos que podrían considerarse anulados, los tardíos, los presentados a impugnar y los que fueron comprados a estos fines, es que los competidores piden al juez que los anule, debiendo resolver al respecto. Además, LDC y Molinos identificaron 327 votos con problemas de forma, como 292 casos de documentos ilegibles o incompletos, y 16 casos con defectos en la representación legal (personería).
Si se aplican estos descuentos, en LDC/Molinos calculan que el apoyo de Grassi caería al 64.96% del capital y el 36.59% de los acreedores, lo cual sería insuficiente para ganar.
El resultado final surgirá después de sumar los nuevos y descartar los inválidos. Esta etapa del concurso se llama Cramdown, donde terceros interesados hacen una oferta para quedarse con la empresa. El primero que lo hizo gana, según la Ley, aunque hay antecedentes que no siempre es así y el juez puede dictaminar en favor de otra con los argumentos que considere a ese fundamento.
Lo concreto es que el juez, hoy 11 de noviembre, hizo saber la existencia de conformidades suficientes para tener aprobada una propuesta. A la vez consignó un plazo de 5 días hábiles para impugnar con un recurso las votaciones y dirimir al respecto. A partir de entonces se sabrá quién se quedará con Vicentín y, será el que tenga la mayoría de los votos, tanto en número de personas como en el monto de la deuda que debe superar el mínimo legal exigido.
La palabra la tiene el juez, pero todavía no la dio.
Por Bernardo Basombrío
