Simplificación administrativa
El SISA (Sistema de Información Simplificado Agrícola) reemplaza a los registros y regímenes informativos vinculados a la actividad de producción y comercialización de granos y semillas en proceso de certificación para cereales y oleaginosas y, legumbres secas que detallamos a continuación. De esta manera, dejan de tener vigencia los siguientes requerimientos:
RFOG – Registro de Operadores de Granos (AFIP)
PPGM – Padrón de Productores de Granos Monotributistas (AFIP)
TIRE – Registro de Tierras Rurales (AFIP)
RENSPA Agrícola (SENASA)
Declaración Jurada de Siembra y Origen de Semillas y Declaración Jurada de Producción y Reserva de Semillas (INASE)
Régimen Informativo de Capacidad Productiva y Producción – 1 DDJJ Existencias, 2 DDJJ Superficie, 2 DDJJ Producción- (AFIP)
Declaración Jurada de Producción de Granos anual (SENASA)
Regímenes informativos reemplazados
Declaración Jurada de Siembra y Origen de Semillas y Declaración Jurada de Producción y Reserva de Semillas (INASE)
Régimen Informativo de Capacidad Productiva y Producción – 1 DDJJ Existencias, 2 DDJJ Superficie, 2 DDJJ Producción- (AFIP)
Declaración Jurada de Producción de Granos anual (SENASA)
La inscripción es obligatoria para los siguientes sujetos: Productores de granos y semillas, en procesos de fiscalización, -cereales y oleaginosos- y legumbres secas. Operadores que intervengan en la cadena de comercialización de los productos antes mencionados. Propietarios, copropietarios, usufructuarios y ocupantes -cualquiera fuera su título-, y sus subcontratantes, cualquiera fuera su modalidad de contratación, de tierras rurales explotadas situadas en el país, en la medida en que en ellas se desarrolle el cultivo de dichas especies.
Los requerimientos y las condiciones se imponen en un plazo de 60 días posteriores a la publicación de la RG Conjunta N°4248 publicada en el Boletín Oficial el 24/05/2018) que reglamentara y publica los requisitos y condiciones para integrar el SISA. La información requerida por el SISA se suministrará mediante transferencia electrónica de datos a través la página web de la AFIP, página web
Al SISA migrará la información ingresada por aquellos sujetos que hubieran tramitado la obtención de la/s Constancia/s de alta de tierras rurales explotadas o la/s Constancia/s de modificación o adenda de contratos, siempre que la/s misma/s se encuentre/n vigente/s al momento de la incorporación del sujeto al nuevo sistema.
La modificación tiene por objetivo la unificación de registros y regímenes informativos del SENASA, INASE, AFIP. Esto trae una simplificación de los trámites y carga de datos que, incluye migración de información preexistente en los diversos Organismos.
Implica una sistematización que genera una calificación objetiva y, tiene un mantenimiento de la capacidad de control fiscal.
Entre los beneficios, la inscripción on line, lleva una registración automática y, guarda notificación por domicilio fiscal electrónico. Requiere dos Declaraciones Juradas anuales –por cosecha fina y gruesa. Tiene un sistema de scoring e indica una devolución de IVA en 45 días. En tanto, permite la interoperabilidad entre la AFIP, SENASA e INASE.
El scoring propende a que con la información remitida por los sujetos inscriptos y la información disponible en la Administración Federal, el sistema define el satus que a cada persona –física o jurídica- le corresponde según esta modalidad adoptada de puntuación. El mismo define la conducta fiscal del sujeto, así como la relacionada con los demás organismos intervinientes. Considera, tres niveles a saber: Riesgo bajo: sujeto de muy bajo riesgo según SIPER, sin incumplimientos formales, permanencia en el SISA con la mejor calificación y/o registros reemplazados sin suspensiones y exclusiones en los últimos 24 meses.
Riesgo medio y nuevas altas: Sujeto de riesgo medio o nuevos inscriptos en el SISA, con buena conducta fiscal y sin incumplimientos formales. Riesgo alto: sujeto con incorrecta conducta fiscal y/o incumplimientos formales.
